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Sin Palabras .....

2010-05-17 15:38:05
Sin Palabras .....
Por dibenet
Traslasierra y las Sierras de Cordoba necesitan que todo el mundo lo sepa.

Adiós Sierras Cordobesas!! se aprobó la minería a cielo abierto!!

Todas las personas de Argentina, -entre ellos 2 millones de turistas que todos los años visitan Córdoba, medios de comunicación, habitantes de los valles serranos -, sepan que se autorizó la exploración de una gran zona de las altas cumbres (las montañas más altas que se ven de todos lados) en búsqueda de yacimientos de uranio. La zona en cuestión mide aproximadamente 500 hectáreas , se encuentra en el nacimiento de la mayoría de las cuencas de agua del valle de Traslasierra y a pocos kilómetros de la Quebrada de los Condoritos, 'área protegida'.

De concretarse este asunto se demolerían montañas enteras con explosivos, se contaminaría el agua con los productos utilizados para la extracción de uranio, y se crearía un enorme cañón por donde correría agua en época estival generando posibles aludes sobre pueblos de Córdoba. Efectos nocivos sobre la economía de la provincia, y aún no sabemos qué clase de efectos puede causar en la
Salud de la población.

Si te interesa colaborar compartí esta nota a todos tus contactos o por lo menos a los que creas se interesarán, en algún momento dentro de poco es muy posible que tengamos que empezar a actuar, por ahora hay que informarse.

Los Condoritos, este paraje está en el centro de la exploración, el camino de las altas cumbres pasa por uno de esos cerros.
Localidad de Nono, el pueblo que será más afectado por el desastre. Su río que pasa a pocas cuadras de esta plaza nace en la quebrada. Es muy probable que si le falta 5 kilómetros de cauce, el río crezca como nunca

¿LO DIFUNDÍS?? POR NUESTRO BIEN!! es mi tierra y la tuya... es Córdoba.. es nuestro... de todos... quiero que sea tambien de mis hijos ...de los tuyos...!!!
Esa línea negra que se ve es el camino de las altas cumbres, a pocos kilómetros de Mina Clavero y de Nono, tiene 5 kilómetros de largo.

Se mas que nada que este tema es para argentinos y demas esta decir que es para los habitantes de Cordoba y San Luis , pero me parecio importante que sepan de este tema.
Un saludo

2010-05-17 18:57:26
Re:
Por manuel1270
Me informaré bien al respecto y de ser así lo comunicaré a mis contactos.
Hay que cuidarnos entre todos.
Un saludo.
2010-05-17 18:57:49
Re: Dibenet
Por mariaangelica1516
Interesante el tema ojalá los afectados puedan tomar conciencia.
En zona rural del municipio de donde vivo los nativos de saragoza dedicados a la actividad minera, hace aproximadamente 1 año empezaron a encontrar grandes reservas de oro, cosa que inmediatamente se extendio por todo el país y hasta internacionalmente. Como era de esperar llegaron con grandes máquinas retroescabadoras y estan realizando un desastre ecológico que no tiene nombre, es tan grande la magnitud del problema que han cambiado el cauce del rio acabdo con el ecosistema marino y gran parte de la vegetacion de un lugar tan lindo y hermoso, hoy el cogobierno nacional no sabe que hacer con el sector ya que hay gente de todo el país y otros países explotando el recurso y haciendo a la población del sector cada vez mas pobres, da tristeza mirar las fotos del sector antes y en la actualidad lo peor es que la naturaleza es sabia y luego sobrevendran los desastre, y cuando eso pasen los mas afectados van a ser los pobres nativos que apesar de estar viviendo sobre la riqueza son los menos favorecidos y los directamente afectados cuando la naturaleza pase la factura.
2010-05-17 19:09:08
Re: Mariangelica
Por dibenet
Al igual que aca , esto de la mineria es un gran desastre con daños irreparables a la ecologia., hay que unirse y repudiar estos negociados.
Un saludo
2010-05-17 21:40:47
Re:
Por Elle
El tipo de explotación mienera a cielo abierto es la que se usa en la actualidad. Entre los desastres que este tipo de explotación acarrea está el envenenamiento del agua, que entre otros elementos contendrá cianuro. Lo que sin duda, asegura un cáncer y envejecimiento más que veloz a quienes se vean obligados a servirse de ella.
Esta situación tiene entre sus principales defensores no solo a los empresarios sino también en docentes y alumnos de las carreras de ingeniería en minas, quienes lógicamente defienden su fuente de trabajo; haciendo oídos sordos al hecho de que se trata de pan para hoy y hambre para todos los ciudadanos (porque lo que se recaude de la explotación no quedará acá) para mañana.
2010-05-18 16:53:58
Re: Elle, Manuel, Mariangelica
Por dibenet
Gracias por tu mensaje , este tema es muy importante , y lo bueno que se sumaran personas para erradicar este tipo de negocios , que mas que nada atentan contra la salud , contra las economias , contra la naturaleza y con todas las personas que habitan nuestro planeta
2010-05-18 17:43:24
Re: Dibenet
Por mariaangelica1516
Mira que explotar el recurso que la naturaleza nos brinda no es malo es una forma de supervivencia y de sustento, pero lástimosamente no existe cultura de desarrollo sostenible y mucho menos para aquellos que solo buscan lucro sin importar las consecuencias de sus actos ya que siempre son ajenos del lugar al cual afectan, no tienen en cuenta que estan haciendo pis en el plato que comen.
2010-06-01 20:49:47
Re:
Por lavieenrose
Sin
2010-06-01 20:54:32
Re:
Por lavieenrose
Se me disparó..
Decía que mientras el gobierno continúe con su silencio cómplice, ésto seguirá ocurriendo, hay demasiados intereses económicos en juego.. ¿Y nuestra gente? ¿Y nuestros recursos?
Naaa, eso es pa`la gilada. Hagamos algo urgente!!!!!
2010-06-18 17:37:49
Re: Lavieenrose
Por dibenet
Ya hay gente que esta haciendo por suerte mira esto

Hago llegar copia de la presentación que hicieron desde FUNAM ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba fundamentando la Constitucionalidad de la Ley Provincial n° 9526 que prohíbe la mimería a cielo abierto de metales uranio y torio. Somos bastante optimistas. Agradecemos su difusión. Cordialmente,

Raul Montenegro.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (TSJ)


REQUERIMIENTO DE PARTICIPACIÓN COMO "TERCER INTERESADO" PARA FUNDAMENTACIÓN CONSTITUCIONALIDAD LEY PROVINCIAL N° 9526





1. APERSONAMIENTO



Raúl A. Montenegro, DNI 7.630.299, con domicilio en calle José W. Agusti 7249 de barrio Argüello de la ciudad de Córdoba, argentino, mayor de edad, de profesión Biólogo, Doctor y profesor universitario por concurso de Biología Evolutiva en la Facultad de Psicología (Universidad Nacional de Córdoba), presidente de la Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM), una ONG con status consultivo en Naciones Unidas (ECOSOC, Nueva York), y Premio Nóbel Alternativo Alternativo 2004 (RLA-Estocolmo, Suecia), me presento y digo:





2. OBJETO



2.1. Que vengo a solicitar se me de participación como "tercer interesado" para justificar la constitucionalidad de la Ley Provincial n° 9526, para lo cual invoco mi tarea profesional y mi trabajo al frente de una Cátedra y una ONG, ambas íntimamente relacionadas con la evaluación de los impactos ambientales negativos de la minería y las minas de uranio, y su incidencia negativa sobre el ambiente y la salud de las personas.



2.2. Que vengo a presentar elementos de naturaleza legal y argumental que justifican, categóricamente, la constitucionalidad de la Ley Provincial n° 9526.





3. ELEMENTOS QUE SOSTIENEN LA PLENA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY PROVINCIAL n° 9526





3.1. La ley obedece mandato contenido en la Constitución Nacional.



Sostengo que la Ley n° 9526 obedece el mandato contenido en el Artículo 41 de la Constitución Nacional que dice:



"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización natural de los Recursos Naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radioactivos".



Su tercer párrafo indica que "Corresponde a la nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales".



Queda claro que la Constitución alude a la protección del ambiente y la salud, y que la provincia puede establecer restricciones superiores a las contenidas en las leyes de presupuestos mínimos.



La Ley n° 9526 garantiza que servicios ecosistémicos fundamentales, como la existencia de "fábricas de agua" (cuencas hídricas activas) y "fábricas de suelos" y "estabilidad ambiental" puedan seguir existiendo. Está claro que la norma suspende indefinidamente tipos muy específicos de actividad económica, pero asumiendo que el bien común –los servicios ambientales, la provisión de agua, el mantenimiento de la salud- está por encima de consideraciones sectoriales sobre mantenimiento de actividades económicas y puestos de trabajo.



También resulta evidente, en consonancia con el mandato constitucional, que la Ley Provincial n° 9526 privilegia la protección del ambiente y de la salud sobre supuestos beneficios laborales, y que al hacerlo se protegen también otras actividades económicas.



De allí que, ante la existencia potencial de actividades mineras de alto impacto ambiental, y la creciente "menor resistencia ambiental de la provincia a esos impactos" el Poder Ejecutivo y la Legislatura decidieran –en salvaguarda del ambiente y de la salud de las personas- impedir el desarrollo de la minería metalífera y de uranio y torio, y el uso –en tales actividades- de sustancias contaminantes, tóxicas o peligrosas (Artículo 3° de la Ley n° 9526).



Señalamos que esa "menor resistencia ambiental de la provincia" alude al deterioro ambiental observado en la actualidad, que le impide enfrentar y soportar nuevas agresiones ambientales masivas, como la minería metalífera y del uranio y torio. Y que esta "menor resistencia ambiental" queda dramáticamente ejemplificada por el lamentable estado actual de las cuencas hídricas y de los bosques nativos. De estos últimos –del bosque nativo cerrado por ejemplo- solo se conserva en la provincia el 5% de la superficie original, cifra que en la zona de sierras (bosque serrano) baja al 2%. En cuanto a las cuencas hídricas –íntimamente asociadas al buen funcionamiento de los ambientes naturales de las sierras de Córdoba- muestran síntomas evidentes y notables de desmanejo y menor capacidad para sostener la necesaria provisión de agua.



La Ley Provincial n° 9526 obedece el mandato Constitucional y reacciona, con prudencia y fundada justificación técnica, a la amenaza que significan, para un territorio ambientalmente degradado y con capacidad reducida de resistencia ambiental, la minería metalífera y del uranio y torio. En estas circunstancias, el agua, la salud y la estabilidad ambiental –sin perjuicio de la plena constitucionalidad con que está dotada la ley- valen necesariamente más que actividades económicas acotadas y de alto impacto ambiental, y que supuestos beneficios económicos de sector.





3.2. El objetivo de la Ley Provincial n° 9526 es la protección del ambiente y la salud.



Al obedecer el mandato del Artículo 41 de la Constitución Nacional protege claramente el ambiente, y por lo tanto la salud misma de las personas, tanto en forma directa como indirecta.



a) Directamente positiva al evitar que las aguas subterráneas y superficiales de la minería sean contaminadas con derrames ácidos mineros, metales pesados, metaloides y otros agentes, comunes en la minería de metales y del uranio y torio, y con efectos dramáticos en una provincia como Córdoba, donde los caudales de los ríos son relativamente pequeños (con lo cual aumenta la concentración de los contaminantes mineros), y con bajantes invernales que agudizan ese impacto.



b) Directamente positiva al evitar los megaconsumos de agua natural involucrados en la minería metalífera a cielo abierto y en la explotación de minas de uranio y torio, para lo cual se asume –como elemento decisivo- que Córdoba es una provincia semiárida donde escasea el agua. Este hecho quedó claramente demostrado durante el verano 2009-2010, y con las medidas de restricción del consumo que continúan hasta hoy en las Sierras Chicas. Cabe mencionar, como ejemplo del tremendo impacto sobre los recursos hídricos de las megamineras, que Alumbrera Limited extrae de Campo del Arenal, en Catamarca, entre 70 y 100 millones de litros de agua, lo que equivale al consumo diario de una ciudad de 200.000 a 300.000 habitantes.



c) Indirectamente positiva al evitar que se afecten cuencas hídricas proveedoras de agua y ambientes nativos fundamentales para la provisión de servicios ecosistémicos, como la protección del suelo ante la erosión, la generación de suelo y la oferta de recursos turísticos, entre otros.



Córdoba estuvo muy cerca, en la década de 1980, de que colapsase la actividad turística en Villa Carlos Paz como consecuencias de las descargas contaminantes que producía la mina de uranio de Los Gigantes –controlada por CNEA y administrada por Sánchez Granel Ingeniería S.A.- y que hacían cambiar la coloración del río San Antonio (aguas verdes cuando se descargaban aguas ácidas, aguas blancas cuando se descargaban aguas con carbonatos).



Adicionalmente, la Ley Provincial n° 9526 protege a la provincia de otros fuertes impactos asociados a la minería metalífera y del uranio y torio a cielo abierto, pues evita los megaconsumos de electricidad asociados a ese tipo de minería.



Este tema no es menor, sobre todo en una provincia que ha sufrido reiteradas crisis por falta de generación y provisión de energía eléctrica. Mencionamos, como ejemplo del gigantesco consumo de energía eléctrica de las mineras metalíferas a cielo abierto, que en 2003 Alumbrera Limited consumió 1.583,4 Gigavatios/hora de electricidad, equivalente -ese mismo año- al 80,2% de toda la energía eléctrica que consumió la provincia de Tucumán. Para producir esta energía la central térmica de El Bracho, en Tucumán, debió quemar 8,74 millones de metros cúbicos de gas, otro recurso que sufre periódicas crisis de suministro en Argentina. La Secretaría de Energía de la Nación indicaba en el año 2000 que Alumbrera representaba el 68% del consumo de la provincia de Tucumán, y el 15% de la región del Noroeste argentino.



Todo lo anterior demuestra la necesidad que había en la provincia de evitar que este tipo de actividad minera a cielo abierto de metales y de explotación del uranio y torio se instalasen en el territorio, para así proteger, efectivamente, el ambiente y la salud de las personas, con lo cual se obedece, cabalmente, el mandato del Artículo 41 de la Constitución Nacional y el Artículo 11 de la Constitución de la provincia de Córdoba.





3.3. La Ley Provincial n° 9526 se ajusta además perfectamente al Artículo 68 de la Constitución de la provincia de Córdoba.



La Ley Provincial n° 9526 se ajusta perfectamente al Artículo 68 de la Constitución de la Provincia de Córdoba cuyo quinto párrafo establece, con absoluta claridad, que "Los yacimientos de sustancias minerales y fósiles son bienes exclusivos, inalienables e imprescriptibles de la provincia; su explotación debe ser preservada en beneficio de las generaciones actuales y futuras".



En consecuencia, es potestad de la provincia decidir sobre lo que permite y no permite con relación a la minería, y en el caso particular de la Ley n° 9526, prohibiendo la minería metalífera a cielo abierto y la explotación de uranio y torio.





3.4. La existencia y continuidad de otras leyes provinciales equivalentes a la Ley de la provincia de Córdoba n° 9526 confirma que en esas jurisdicciones sin plenamente constitucionales.



Recalco que la existencia y continuidad de otras leyes provinciales equivalentes a la Ley de la provincia de Córdoba n° 9526, y que también prohíben la minería metalífera a cielo abierto con uso de sustancias peligrosas, confirman que en esas jurisdicciones son plenamente constitucionales. Estas son las leyes vigentes:



Provincia de Río Negro, Ley n° 3981/2005



Provincia de Tucumán, Ley n° 7879/2007



Provincia de Mendoza, Ley n° 7722/2007



Provincia de La Pampa, Ley n° 2349/2007



Provincia de Chubut, Ley n° 5001/2003



Provincia de San Luis, Ley n° 634/2008





3.5. La Ley Provincial n° 9526 no prohíbe la minería, sino tipos específicos y altamente impactantes de minería.



La Ley Provincial n° 9526 es una ley que protege el ambiente y la salud de las personas, que podrían ser afectadas por tipos muy específicos y acotados de minería, la minería metálica a cielo abierto y la explotación de uranio y torio.





4. PRUEBAS



4.1. Toda la normativa mencionada en esta presentación.



4.2. Las Leyes provinciales de otras provincias, plenamente vigentes, que prohíben la minería metalífera a cielo abierto y con uso de sustancias peligrosas. Repetimos que las leyes vigentes son las siguientes:



Provincia de Río Negro, Ley n° 3981/2005



Provincia de Tucumán, Ley n° 7879/2007



Provincia de Mendoza, Ley n° 7722/2007



Provincia de La Pampa, Ley n° 2349/2007



Provincia de Chubut, Ley n° 5001/2003



Provincia de San Luis, Ley n° 634/2008



4.3. Oportunamente presentaría nuevas pruebas.





5. PETITUM.



5.1. Se me tenga presentado como "tercer interesado" para fundamentar la constitucionalidad de la Ley Provincial n° 9526.



5.2. Se me notifique en mi domicilio todo lo relativo a esta presentación y sus trámites ulteriores.





Prof. Dr. Raúl A. Montenegro, Biólogo

DNI 7.630.299




Para mayor información contactar a:
Prof. Dr. Raúl A. Montenegro, Biólogo

Tel: +54-351-4690282 (FUNAM)
Tel: +54-3543-422236 (particular/home)
Fax: +54-3543-422236
Celular/Mobile:+ 54-9-351 5125637
Skype: raulmontenegro.ar
Email 1: raulmontenegro@flash.com.ar
Email 2: montenegro@funam.org.ar
Web: www.funam.org.ar
2010-06-18 20:30:58
Re:
Por brida
dibe,sabe que a pesar de ser uruguaya conozco muy bien esa región de córdoba, altas cumbres, valle tras las sierras, paraje del condorito,ya que por mi trabajo he estado allí en varias oportunidades.ni puedo imaginar el daño que se puede realizar , y me alegro que personas como usted,y como veo tantos otros que se suman,puedan hacer escuchar su voz y eso es una de las cosas que admiro del pueblo argentino,salir a decir lo que está pasando,hacer saber y hacerse oir. cosa que en mi querido país no pasa tanto,es muy bueno que se opine aqui en los foros,mas allá de divertirnos,descargarnos,también informarnos de lo que está pasando en nuestro gran hogar el planeta
2010-06-19 02:29:58
Re:
Por jesusalberto2010
ok Dibenet ya me informe y difundire esta informacion...a mi tambien me parece gravisimo
2010-06-19 15:49:40
Re:
Por mariaangelica1516
excelente información dibe .
realmente me preocupa el tema y si pudieras leer algo de lo que esta pasando en zaragoza sería fabuloso.