2009-08-21 23:52:05
la donacion de organosPor
maria0502que opinan mis queridos foristas acerca de este tema? en contra o a favor?????????
Yo en lo personal estoy a favor ya que lo veo como darle vida a otro ser humano bendecir a otra persona dandole otra oprtunidad para vivir plenamente lo veo como un acto de bondad y de caridad que opinan ustedes????????????
2010-02-23 04:45:52
Re: Maria0502Por
Tamy999La donación de órganos constituye uno de los actos de amor más profundos que pueda realizar el ser humano. Extrañamente, es una forma de DAR VIDA después de la muerte. Es un proceso generoso, solidario y altruista, un compromiso cívico para que cada día y a cada minuto que transcurre haya una verdadera apuesta por la vida.
Luchar por la vida y luego seguir luchando para prolongar la vida de otro. Esta es la filosofía de los trasplantados
El amor y la solidaridad se expresan con hechos concretos. Anotarse como donante de órganos es, quizás, el más sencillo, pero útil y significativo de todos….
“Cada ser humano, sin distinción de religión, color, raza o sexo, debería tener como lema ¿Necesitas una mano?, ¡Tengo dos! Cada día es mayor la necesidad de sangre y de órganos para trasplante. Es importante que cada argentino sea un integrante vivo de la comunidad, que se sienta parte de ella y esté dispuesto darse al prójimo y que por lo menos una vez al año se pregunte ¿Todavía no di sangre este año?, ¿Todavía no me anoté como donante de órganos?
Para pensar un poco, hoy puedo ser yo mañana cualquiera de nosotros. Con acriño
2010-02-23 04:56:17
Re: SACANDO DUDASPor
Tamy999 INCUCAI
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Los contenidos de la Ley 24193
Sobre ABLACIONES Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS EN LA ARGENTINA
¿Qué dice la ley?
La ley 24193, establece claramente los principios bioéticos que resguardan la actividad de procuración y trasplante de órganos. Los artículos 19 y 20 contemplan la expresión de voluntad en vida para la donación, especificando que no está permitida la realización de un trasplante con órganos provenientes de seres vivos no relacionados.
El principio del consentimiento presunto: toda persona es considerada donante si no se ha manifestado contrariamente en vida. La ley contempla este principio aunque establece claramente los requisitos que deben previamente cumplimentarse para poner en vigencia el mismo, como son la consulta al 70% de los habitantes precedida de una campaña masiva de información sobre la donación.
¿Quiénes pueden donar los órganos?
Toda persona mayor de 18 años legalmente capaz, puede hacer uso de este principio humanitario universal.
De acuerdo a lo establecido en la ley de trasplante, la expresión de la voluntad de ser donante para después de la muerte puede realizarse mediante dos procedimientos:
1) A través de la firma de un Acta de Donación mediante la cual se autoriza la ablación o extracción de órganos (corazón, pulmones, riñones, hígado y páncreas) y/o materiales anatómicos (válvulas cardíacas, huesos, huesecillos del oído y piel) de su propio cuerpo y donde se especifica con qué fin, ya sea para implante y/o investigación. Para manifestar esta decisión sólo es necesario concurrir con el documento de identidad a los principales establecimientos hospitalarios y diversas dependencias habilitadas del área de salud tanto nacional, provincial o municipal. El acta es oficialmente recibida y resguardada por el INCUCAI, mientras que el individuo recibe el Carné de Donación donde se certifica su voluntad.
2) Expresar la voluntad de autorizar para la extracción de órganos después de la muerte. Dicha manifestación será recabada por todo funcionario del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, cuando concurran ante dicho organismo a realizar cualquier trámite y queda asentada en el Documento Nacional de Identidad. Como en el caso anterior será informado al INCUCAI.
Sin embargo la forma más simple y concreta de ser donante es compartir la decisión con los familiares y amigos, para que llegado el momento ellos hagan respetar su voluntad expresada en vida.
Esta manifestación en vida es revocable en cualquier momento.
Cuándo se puede donar efectivamente los órganos
Los donantes efectivos de órganos son las personas fallecidas con diagnóstico de muerte encefálica, esta situación es muy rara (aproximadamente 4 de cada 1000 defunciones), esta condición implica la destrucción irreversible de la función encefálica con el mantenimiento artificial de la respiración y el latido cardíaco.
¿Cómo se distribuyen los órganos?
Es mucho mayor el número de enfermos en espera de un trasplante que la disponibilidad de órganos
Los órganos son distribuidos teniendo en cuenta principalmente criterios médicos. Las reglas de adjudicación contemplan principios de regionalidad y la edad del enfermo y la antigüedad en lista de espera, como criterios de desempate entre receptores con una situación semejante.
Estos criterios son observados por las autoridades sanitarias y reevaluados con una periodicidad por los profesionales especialistas.
Actualmente 5500 pacientes esperan la posibilidad de recibir un órgano que les permita seguir viviendo.
La operación para ablacionar los órganos se realiza con el mismo cuidado que una intervención quirúrgica de alta complejidad y el cuerpo es tratado con suma consideración y profundo respeto, sin alterar su apariencia.
Recordemos que el trasplante de órganos sólo es posible con la existencia de un donante. Todos podemos necesitar un órgano, en este sentido, la donación es un derecho y un deber de la comunidad.
"La donación es un Principio Humanitario Universal".
Las diferentes religiones del mundo consideran que la donación de órganos es un acto de solidaridad y de fraternidad humana.
¿Qué es el trasplante de órganos?
Es un tratamiento médico complejo, que consiste en sustituir un órgano vital que ha dejado de funcionar por otro sano.
Esta técnica, que está en constante evolución, se viene desarrollando con mucho éxito en nuestro país y cada vez es más habitual.
A través del trasplante de órganos y tejidos, muchos pacientes sometidos a largos tratamientos han logrado mejorar su calidad de vida y recuperar las condiciones físicas óptimas para realizar una vida totalmente normal.
GARANTÍA LEGAL DE LAS ABLACIONES Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS EN LA ARGENTINA.
La ablación y el trasplante de órganos y tejidos en nuestro país están garantizados legalmente por la Ley 24.193 del año 1993, y los decretos y resoluciones complementarias. La única AUTORIDAD NACIONAL RESPONSABLE en materia de ablación y trasplante en nuestro país es el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.), que actúa en todo el territorio nacional con un criterio federal y descentralizado en materia de distribución y procuración de órganos.
EL INCUCAI Y LA PROTECCION DE DERECHOS
El I.N.C.U.C.A.I. atiende los derechos, garantías y obligaciones de todas las personas e instituciones que participan del proceso de procuración y trasplante de órganos. En este proceso están comprometidos los donantes (potenciales y efectivos), sus familiares, los receptores, los equipos médicos y las instituciones autorizadas para el trasplante de órganos.
DONAR ÓRGANOS ES UN PRINCIPIO HUMANITARIO UNIVERSAL.
Pueden donar sus órganos todas las personas mayores de 18 años legalmente capaces. Lo hacen a través de la firma de un Acta de Donación que es oficialmente recibida y resguardada por el I.N.C.U.C.A.I.. Pero la forma más simple y concreta de ser donante, es que una vez asumida la decisión se la informe y comparta con los familiares y amigos más cercanos, para que llegado el momento ellos conozcan los motivos y hagan respetar su voluntad expresada en vida.
TODOS PODEMOS RECIBIR ÓRGANOS
En nuestro país, la ley impide que la capacidad económica de los pacientes determine el acceso al trasplante. Este criterio introduce un principio de igualdad en la confección de las listas de espera para los distintos trasplantes, que se rigen por el orden de inscripción de los pacientes. La compatibilidad y la urgencia son los dos criterios médicos que permiten orientar la selección e identificación de un receptor, siempre dentro de las listas de espera.
LA PROTECCIÓN DE LOS DONANTES
La Ley 24.193 protege el derecho de las personas que deciden donar sus órganos. El donante puede autorizar la ablación de sus órganos de manera específica (cuáles órganos) o genérica, en cuyo caso la donación se extiende a todos los órganos o tejidos anatómicos del potencial donante. Asimismo, el donante podrá especificar con qué finalidad se autoriza la ablación. De no existir especificación al respecto, se entenderán abarcados exclusivamente a los fines de implantación en humanos vivos y excluidos los de estudio e investigación científica. Esta autorización es revocable en cualquier momento por el dador. En caso de no existir la voluntad expresa del fallecido, la autorización para la donación de órganos la pueden otorgar los familiares directos del potencial donante.
VIGENCIA DEL CONSENTIMIENTO PRESUNTO
La implementación del Consentimiento Presunto a partir del 1 de enero de 1996, por la cual todos nos convertiríamos en potenciales donantes, está condicionada a algunas circunstancias previas establecidas en la Ley 24.193 de Trasplantes de Órganos. Por ejemplo, es obligatoria la consulta a la población mayor de 18 años respecto de su conocimiento y acuerdo sobre el tema. En esto está trabajando hoy el I.N.C.U.C.A.I., no solo para dar cumplimiento a lo que establece la ley, sino también porque sólo la concientización de toda la sociedad posibilitará un aumento en las donaciones que permita acrecentar la salvación de vidas. De todas formas, aún en el caso de ponerse en vigencia el mecanismo de Consentimiento Presunto, los familiares del donante siempre podrán oponerse a la ablación de órganos.
PROTECCIONES AL DONANTE Y A SU FAMILIA
La ley protege la voluntad del donante y de sus familiares directos, ya que aún en la circunstancia en que se ponga en funcionamiento el mecanismo del Consentimiento Presunto, éste nunca es absoluto. En el caso en que un individuo haya manifestado su decisión expresa, será necesario que en el momento del fallecimiento no haya oposición familiar a la donación.
LA SEGURIDAD EN EL DIAGNOSTICO DE MUERTE
No se ha implementado un diagnóstico de muerte más controlado y seguro que el de un donante de órganos. Este es el único caso en el que al diagnóstico común que se practica en cualquier hospital, se le agrega el que realiza el equipo de neurólogos y especialistas en el área, siguiendo escrupulosamente los pasos indicados por la ley 24.193. En este tema, las garantías son totales y no existen márgenes de error.
EL TRAFICO DE ÓRGANOS ES UN DELITO
El tráfico de órganos es un delito penado por la ley. Quien lo realice se transforma en un delincuente, y la ley es muy severa en las penalidades sobre este tema. Por otra parte, suponer que se puede secuestrar y quitarle los órganos a una persona y luego usarlos para un trasplante, demuestra un gran desconocimiento sobre la problemática clínica y técnica que implica una intervención quirúrgica.
LA COMPLEJIDAD DE UN TRASPLANTE
Un operativo de procuración y trasplante requiere una infraestructura de complejidad tal y convoca a tantos profesionales que su realización clandestina es, en la práctica, imposible. Se requeriría una asociación ilícita compuesta por cientos de profesionales (médicos y técnicos con altísimo nivel de especialización y equipos de apoyo), a la que habría que sumarle la infraestructura que solo puede brindar un gran hospital o sanatorio, es decir inversiones multimillonarias en profesionales y equipos arriesgados en un delito fácilmente detectable. Para tener idea sobre la magnitud de esas operaciones, debemos tener en cuenta que un trasplante de hígado requiere un promedio de 12 horas de cirugía. Se trata de técnicas quirúrgicas de muy alta especialización, y por lo tanto aplicadas por un pequeño número de especialistas muy conocidos, lo que vuelve muy riesgosa y hasta ridícula su práctica ilegal.
LOS EQUIPOS TÉCNICOS QUE INTERVIENEN EN UNA OPERACIÓN DE ABLACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS
La realización de una ablación y posterior trasplante de órganos requiere poner en funcionamiento normalmente los siguientes equipos técnicos: el equipo del organismo de procuración, el equipo de terapia intensiva que comunica la existencia de un potencial donante, el laboratorio que realiza los estudios serológicos, el que realiza los estudios de histocompatibilidad, el servicio de radiología que hace los estudios pertinentes, más los equipos de trasplante de cada uno de los órganos (de corazón, de pulmón, de riñón, etc.) para los que se practica ablación.
LA IMPOSIBILIDAD DE LA VENTA DE ÓRGANOS PROPIOS
La venta voluntaria de órganos propios está expresamente prohibida por la ley y, además, es éticamente inaceptable. El trasplante de órganos debe estar al servicio de la salud de la población -garantizada primordialmente por la acción del Estado- y no puede transformarse en un comercio que atentaría contra la dignidad de la persona. Pero también hay razones médicas. En el mundo hay una clara tendencia a utilizar órganos de donantes cadavéricos, porque no es posible tener una política de salud basada en el deterioro de la calidad de vida de las personas vivas. La ley permite este tipo de donación solamente cuando se trata de familiares directos, y aún en estos casos, no siempre es posible efectuar el trasplante porque los problemas de compatibilidad entre donante y receptor son muy complejos.
NO EXISTEN BENEFICIOS ECONÓMICOS EN UN TRASPLANTE
Ningún donante puede esperar retribuciones económicas por la donación de órganos. Donar es dar vida y es aberrante cualquier expectativa de extraer beneficios personales o especulares con elementos económicos, situación que, por otra parte, está severamente penada por la ley. Tampoco la familia del donante debe abonar ningún gasto asociado a la donación de órganos de su ser querido. Todos los gastos relacionados con el trasplante (el trabajo personal médico y auxiliar, los materiales descartables, etc.) son cubiertos por la obra social o cobertura médica del receptor.
LISTADO DE PACIENTES EN ESPERA PARA TRASPLANTE
Las listas de pacientes en espera están centralizadas en el I.N.C.U.C.A.I., y responden al estricto orden de inscripción, respetando además los criterios médicos y biológicos para la asignación de órganos. Son estos criterios científicos los que, aparte del orden de inscripción, determinan la asignación de órganos: gravedad del paciente, situaciones de emergencia, factibilidad del trasplante, compatibilidad entre donante y paciente, etc.
PUBLICIDAD DE LAS LISTAS
Las listas de pacientes en espera de trasplante de órganos son públicas. Cualquier persona interesada puede consultar en el I.N.C.U.C.A.I. sobre su confección y administración, problemas que son responsabilidad personal y funcional indelegable del Presidente del INCUCAI. Los pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y sus familiares controlan permanentemente los procedimientos de confección y administración de las listas.
Fuente: Sitio oficial del INCUCAI en Internet - http://www.incucai.org.ar
Dirección: Ramsay 2250 (1428) Buenos Aires, Argentina-Tel. (011) 4788-8300 (líneas rotativas)
Correo electrónico: incucai@incucai.org.ar
0800 555 4628 las 24 hs.
He puesto la informacion de INCUCAI para que todos los que no saben suficiente del tema lo lean atentamente hay muchas diversificaciones en torno a esto, que te van a secuestrar para sacarte los organos, alli explica como es el caso, que te van a sacar la sangre para venderla, NO SE PUEDE, y si la quieres vender a alguien que la necesita es delito. Bueno les podria hablar mucho mas sobre el tema, me forme hace unos años con el Sr. Espinosa que era el Director de ablacion de organos el que estaba todo el dia y dirigia todas las operaciones de transplantes y ablaciones en el Pais, un persona ejemplar, dejaba de almorzar para explicarme por el 0800 todo lo que arriba dice, y lo he transcripto para derribar falsos mitos y que todos los que puedan yo no puedo soy operada de ca de mama, los que no tengan problemas preexistentes cuando vean una mesa para anotarse haganlo o simplemente en el Registro Civil con el DNI, el hecho de convertirse en donante es revocatorio si algun dia te arrepientes, tambien si fallece la persona que decidio ser donante y la familia no lo desea o no quiere donar sus organos lo pueden hacer, lo dice la ley que ahi esta el numero, el que tenga tiempo y tenga deseos de leerla pra saber que es lo que realmente corresponde busquenla con el buscador. Con cariño para todos.
2010-02-23 11:43:46
Re: holaPor
enamoradaYo estoy a favor,que grato seria para mi si despues que no este en esta vida,puedo donar algun organo mio,para que otra persona pueda vivir,al igual que de donar sangre,soy donante,y cada 2 meses,me sacan medio litro.
Un saludo
Aurora
2010-02-23 17:27:11
Re: Por
Richard78Existe un mercado negro de la venta de organos, de alli vienen las famosas peperas...que son mujeres u hombres q te duermen y amanaces en una tina de hielo en el mejor de los casos o sino te matan, para sacar tus organos y venderlos al mejor postor...seria bueno que esto este reglamentado y de alguna manera evitar este negocio tan sucio y cruel...
2010-02-23 18:34:03
Re: Richard78Por
Tamy999Me da la impresion que pasate por alto lo que publique, mira te lo voy a excplicar de nuevo solo el cuerpo de una persona puede recibir organos compatibles co ella, y la ablacion o el sacar los organos se hace con una alta asepsia, los organos se envian al lugar en aviones del INCUCAI y no pueden pasar las seis horas porque sino no sirven, y la ablacion o sacar los organos lo hacen medicos altamente especializados, lee el mensaje y el ultimo donde puse INCUCAI que es le organo en argentina de transplantes, nunca jamas se podria usar ni sangre de una persona muerta de esa manera y menos sus organos, cuando una persona entra a terapia intensiva donde en todos los centros hay un medico preparado por INCUCAI en terapia intensiva digo, y entra en estado de coma cuatro irreversible o en vida vegetativa se empiezan a realizar todo tipo de examenes como enfermedades preexitentes, en fin todo lo relacionado con la salud de esa persona y al fallecer si todo dio bien se ve en lista de espera quienesta primero, ademas para que tengas una idea no equivocada como la que tienes quizas por el periodismo amarillo, de cada mil personas donanates que entran a terapia quizas puedan ser utiles los organos de cuatro, Espero lo hayas entendido y sino lee o busca la ley o entra en pagina que tambien la puse y sacate las dudas.Con cariño y que te sea util.
2010-02-23 18:40:51
Re: Richard78Por
Tamy999Ademas fijate tu hablas de las esperas por el mercado negro, si hubiera habido un mercado negro tu crees que hubiera muerto Sandro y hubiera tenido que esperar tanto tiempo?, ademas si hay esperas largas es por enfermedades mas conocidas o sea organos mas necesitados y los demas que se hacen si no hay personas que los encesiten, quizas se utilizen para investigaciones de cada caso, a veces ni un familiar vivo es compatible para donar por ejemplo un riñon que es muy comun y por eso la espera es larga, hay gente como yo que quisiera donar pero no puedo tampoco sangre, piensalo como te lo digo el porque de la espera, a mi formo hace muchos años uno de los mejores profesionales del INCUCAI no se si todavia estara pero no existe el mercado negro y si existe los organos y la sangre no es util, ESTAFAN y LUCRAN con la deseperacion de las personas necesitadas. Con cariño
2010-02-23 20:15:17
Re: Por
Richard78Yo no lo digo por lo que tu dices..sino muestro el otro lado de la cara..lo q ocurre en mi pais, y en otros paises...tu has mostrado una parte de lo q es la donacion de organos, yo estoy tocando otra cara...y de q si existe esto...es un negocio...y aca he visto casos...
2010-02-24 03:59:29
Re: Richard78Por
Tamy999Mira no se en Peru qie milagro haran para que se puedan utilizar los organos de una persona muerta, que los vendan ya te dije que si pueden estafar a las personas desesperadas, que maten a alguien los que lucran con esto tambien puede ser pero que sobrevivan o que no rechacen los transplantes hechas las ablaciones de esa manera sin ninguna asepsia nunca lo podre creer ni afirmar, ahora si me hablas de un crimen organizado, donde entran los medicos de los hospitales, de las clinicas bueno eso es otra cosa, eso es homicidio o crimenes de lesa humanidad. Con cariño
2010-02-24 04:18:18
Re: Por
manuel1270Estoy a favor de la donación de órganos, es darle a otra persona que ni conoces otra oportunidad de vivir esta hermosa vida, es un acto altruista y de mucho amor a nuestros semejantes.
Un saludo.
2010-02-24 04:29:21
Re: Manuel 1270Por
Tamy999Muy loable tu actitud, donar los organos es dar vida desde la propia vida de uno que se pierde pero sigue viviendo en alguiena quien salvaste, es un gesto de humanidad hacia nuestros hermanos sean del color, raza, religion o lo que sea merecen la vida los que encesitan los organos que uno o el que fallece puede donar, te felicito y sigue haciendo el bien que Dios todo lo ve. Con cariño
2010-02-24 13:46:41
Re: Por
Richard78Asi es tamy, es toda una mafia donde medicos enfermeras se prestan para todo eso, incluso cuando observan los cortes, se nota que lo ha hecho alguien especializado, osea son doctores que se prestan para tal suceso,...por es lo q te decia del mercado negro....la fundacion de la q hablas tu...es muy buena propuesta y la apoyo...yo solo estoy mostrando como siempre la otra cara de la verdad...un saludo tamy.
2010-02-24 13:52:37
Re: Por
Tamy999No es una Fundacion es un Organo del Gobierno nacional que tiene sus buenos años, una Fundacion es otra cosa y trabaja a otro nivel quizas no podria estar en este tema. Con cariño